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EL CONTRATO. REQUISITOS Y CARACTERÍSTICAS:


Los perfiles más demandante son trabajadores de 16 a 25 años (30 años hasta que la tasa de desempleo sea menor al 15%). Sin cualificación profesional previa “reconocida” para la ocupación objeto del contrato.

La duración de dicho contrato es mínimo 1 año, máximo 3. Duración que podrá ser modificada en función del convenio colectivo al que pertenezca la empresa. Una vez finalizado el contrato, el trabajador ya no podrá ser contratado bajo esta modalidad en una misma actividad laboral, ni en la misma ni en distinta empresa. Aunque si podrá ser contratado bajo esta modalidad en otra actividad laboral.

El objetivo de dicho contrato consiste en cualificar al profesional de un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa.

La formación y titulación recibida por el trabajador traerá a la obtención de un reconocimiento oficial a través de la certificación de profesionalidad.

LOS BENEFICIOS SOCIALES DE ESTE CONTRATO:

  • Una reducción total del 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social.
  • Una reducción total del 100% de las cuotas de los trabajadores a la Seguridad Social.
  • Si este contrato se transforma en Indefinido, se reducirá la cuota empresarial de la Seguridad Social en 1.500,00€ durante 3 años en hombres y 1.800,00€ en mujeres.

INFORMACIÓN RELEVANTE PARA EMPRESARIOS:


  • El tiempo dedicado para la formación es del 25% de horas de convenio para la jornada anual (en torno a 1.750 horas) el primer año. Que se simplifica en 36 horas al mes; sobre 432 al año.
  • El 15% del tiempo dedicado en el segundo y tercer años. Que se simplifica en 20-22 al mes; sobre 250 al año.

(Y todo esto dentro de la jornada laboral y especificada)

El tipo de financiación de la formación:

En la actualidad existe una bonificación de la empresa a los seguros sociales en base a la factura que genera el centro.

Todos los contratos realizados a desempleados pertenecientes a las oficinas de empleo tendrán bonificadas las cuotas de la Seguridad Social. Un 100% a empresas de menos de 250 trabajadores y un 75% a empresas de más de 250 trabajadores.


La formación a impartir (según orden de prelación):

  • Título de FP o Certificado en centro acreditado.
  • De no existir un certificado-título en el centro disponible: Se impartirán los contenidos mínimos del fichero de especialidades formativas SEPE o, en su caso, los determinados por la empresa y comunicados al SEPE o certificados por vía no formal: Los de la propia empresa. Se trata de centros autorizados por el SEPE.
  • En la propia empresa

Los centros acreditados para impartir certificados:

  • Con diploma o acreditación según lo legislado.
  • Que puedan seguir Normativa Certificados.

Centros autorizados para estos contratos:

  • Deben disponer del Certificado de asistencia u obtener diploma acreditativo

Las Competencias pueden ser reconocidas mediante acreditaciones totales o parciales, según normativa reguladora (experiencia laboral y aprendizaje no formal). Real decreto 395/2007 de 23 de marzo por el que se regula el subsistema de Formación Profesional para el Empleo.


INFORMACIÓN PARA EL ALUMNO. SUS DERECHOS:


El alumno tiene derecho:


  • A solicitar los permisos para asistir a exámenes.
  • A tener preferencia para elegir horario.
  • A un proceso de adaptación de la jornada para asistir a las clases.
  • El tiempo de formación se considera trabajo efectivo.
  • A tener una cuenta de formación asociada a su número de Seguridad Social.
  • A disponer de 20 horas anuales de formación vinculada a la ocupación (permiso retribuido). Estas son acumulables hasta un máximo de 3 años.

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Reg. Mercantil de Alicante, Tomo 2431, Folio 103, Hoja A-64391, Fecha 22-06-01

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Delfín Formación ha sido beneficiaria del FSE, cuyo objetivo es promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo, y gracias a que ha procedido a la contratación de jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, apoyando la reducción de la tasa de desempleo juvenil en España a través del fomento de la contratación. Para ello hemos contado con el apoyo del “Plan de Capacitación – PICE” de la Cámara de Comercio de Alicante.

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